| |

Decreto 330 Oficial: la Adopción de las Reglas de Hamburgo en Ecuador apuesta por modernizar su marco jurídico marítimo

El Decreto 330, firmado por el presidente Daniel Noboa (ver decreto), marca un giro en la política de transporte marítimo del país al dejar atrás un convenio internacional previo y alinearse con las Reglas de Hamburgo. Desde el Gobierno se ha subrayado que esta decisión busca actualizar el marco normativo y ofrecer mayor seguridad jurídica en un sector clave para el comercio exterior.

Reglas de Hamburgo Ecuador Comercio Exterior
Beneficio para los importadores y empresarios relacionados al comercio exterior.

Entre los beneficios esperados se destacan:

  • Modernización del sistema legal marítimo: Las Reglas de Hamburgo son consideradas más actuales y adaptadas a las dinámicas del comercio global, lo que permitiría a Ecuador contar con un marco regulatorio más competitivo.
  • Mayor protección para exportadores e importadores: Al establecer criterios más claros sobre responsabilidad de las navieras, se busca reducir conflictos y brindar mayor certeza en las operaciones internacionales.
  • Impulso a la competitividad: La adopción de estándares reconocidos internacionalmente podría mejorar la confianza de inversionistas y socios comerciales, fortaleciendo la posición del país en el mercado global.
  • Transparencia en contratos internacionales: La transición hacia estas reglas pretende simplificar la interpretación de acuerdos y disminuir la posibilidad de litigios prolongados.
  • Alineación con tendencias internacionales: Con esta medida, Ecuador se suma a un grupo de países que han optado por actualizar sus normativas marítimas, lo que puede facilitar la integración en cadenas logísticas globales.

Aunque el proceso de transición en Ecuador generará ajustes y requerirá claridad en la aplicación de las nuevas disposiciones, el Gobierno confía en que la medida contribuirá a un entorno más moderno, seguro y atractivo para el comercio exterior ecuatoriano.

Antes de adoptar las Reglas de Hamburgo, Ecuador se regía por las llamadas Reglas de La Haya (Convenio Internacional para la Unificación de Ciertas Reglas en Materia de Conocimientos de Embarque, firmado en Bruselas en 1924, y sus posteriores enmiendas conocidas como Reglas de La Haya-Visby). Estas eran las normas internacionales más utilizadas en contratos de transporte marítimo hasta la aparición de las Reglas de Hamburgo en 1978.

¿Qué son las Reglas de Hamburgo?

Las Reglas de Hamburgo de 1978 son un convenio de la ONU que regula el transporte marítimo internacional de mercancías, buscando un equilibrio de responsabilidad entre cargadores y navieras. Entraron en vigor en 1992, aumentando la responsabilidad del porteador, incluyendo el retraso en la entrega y estableciendo límites de indemnización más altos (835 DEG por bulto o 2,5 DEG por kg) que las Reglas de La Haya-Visby. Ver Wikipedia

Aspectos clave de las Reglas de Hamburgo:

  • Responsabilidad del Porteador: La naviera es responsable desde que recibe la mercancía en el puerto de carga hasta que la entrega en el de descarga, cubriendo todo el tiempo que la mercancía está bajo su custodia.
  • Retraso en la entrega: Se considera un incumplimiento indemnizable, limitado a 2,5 veces el flete pagadero por las mercancías retrasadas, sin superar el flete total.
  • Límites de indemnización: Se aplican límites más altos que las normas anteriores, siendo 835 Derechos Especiales de Giro (DEG) por bulto o 2,5 DEG por kilogramo de peso bruto, prevaleciendo la mayor cantidad.
  • Documentación: Obligan a la emisión de un conocimiento de embarque (Bill of Lading) detallado que refleje el estado y la cantidad de la carga.
  • Jurisdicción: Permiten al demandante elegir tribunales competentes (lugar de carga, descarga, o domicilio del demandado) y reconocen el arbitraje. 
Reglas de Hamburgo Ecuador comercio exterior
Esquema general de las Reglas de Hamburgo

Esta imagen resume de forma esquemática los tres pilares fundamentales de las Reglas de Hamburg:

  1. Responsabilidad «Puerto a Puerto»: El porteador es responsable desde que recibe la mercancía en el puerto de origen hasta que la entrega en el de destino, cubriendo periodos en tierra que otras reglas omiten.
  2. Presunción de Culpa: Se invierte la carga de la prueba; se asume que el porteador es responsable de cualquier daño o pérdida a menos que demuestre que tomó todas las medidas razonables para evitarlos.
  3. Límites de Indemnización Elevados: Establece compensaciones de 835 DEG por bulto o 2,5 DEG por kilogramo, lo que sea mayor, incluyendo además la responsabilidad por retraso en la entrega.

A diferencia de las reglas anteriores(Reglas de La Haya-Visby), las de Hamburgo limitan las exclusiones de responsabilidad de la naviera (como la «falta náutica») y son consideradas más favorables para los dueños de la carga.

Las Reglas de Hamburgo (oficialmente el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías) son un conjunto de normas internacionales aprobadas en 1978 que regulan los derechos y obligaciones de los cargadores, porteadores y consignatarios en el transporte marítimo internacional.

A continuación se detallan sus puntos clave:

1. Responsabilidad del porteador

  • Fundamento de responsabilidad: Se basan en el principio de presunción de culpa o negligencia. El porteador es responsable de la pérdida, el daño o el retraso en la entrega de las mercancías mientras estén bajo su custodia.
  • Período de custodia: A diferencia de otras reglas, cubren la mercancía desde que el porteador la recibe en el puerto de carga hasta que la entrega en el puerto de descarga («puerto a puerto»).
  • Retraso en la entrega: Incluyen explícitamente la responsabilidad por daños derivados del retraso, algo que no contemplan las Reglas de La Haya-Visby. 

2. Límites de indemnización

En caso de pérdida o daño, la responsabilidad del porteador está limitada a cantidades fijadas en Derechos Especiales de Giro (DEG): 

  • Por bulto: 835 DEG por unidad de carga.
  • Por peso: 2,5 DEG por kilogramo de peso bruto.
  • Se aplica la cantidad que resulte mayor entre ambas. 

3. Ámbito de aplicación

Las reglas se aplican a los contratos de transporte marítimo entre dos Estados diferentes cuando: 

  • El puerto de carga o de descarga está en un Estado contratante.
  • El conocimiento de embarque se emite en un Estado contratante.
  • El contrato estipula expresamente que se regirá por estas reglas. 

4. Diferencias entre las reglas actual y la anterior

Históricamente, las Reglas de Hamburgo surgieron para equilibrar la balanza a favor de los cargadores (dueños de la mercancía), ya que se consideraba que las Reglas de La Haya-Visby favorecían excesivamente a los navieros (porteadores). 

AspectoReglas de La Haya / La Haya-VisbyReglas de Hamburgo
Responsabilidad del transportistaLimitada y con varias exoneraciones. Basada en faltas específicas.Más amplia, incluye retrasos y daños. Presunción de culpa general
Protección al cargador (exportador/importador)Menor, con más riesgos asumidos por el cargadorMayor, con reglas más equilibradas
Duración de responsabilidadDesde carga hasta descargaDesde recepción hasta entrega
Ámbito de aplicaciónMás restringidoMás universal y moderno
RetrasoNo contempladoIndemnizable
Límite por bulto666,67 DEG835 DEG
Límite por kilo2 DEG2,5 DEG

5. Situación actual y ratificación

Aunque las de Hamburgo fueron creadas para unificar el derecho marítimo, su adopción ha sido limitada en comparación con La Haya-Visby. Sin embargo, países como Ecuador ratificaron recientemente este convenio (julio de 2025) para fortalecer su marco legal marítimo. 

En el contexto jurídico de Ecuador, este es un cambio reciente y muy relevante:

  • Ratificación: Ecuador depositó el instrumento de ratificación de las Reglas de Hamburgo ante la ONU en julio de 2025.
  • Entrada en vigor: Siguiendo los plazos del convenio, estas reglas pasan a ser ley vigente para el país un año después, es decir, en julio de 2026.
  • Impacto: Esto moderniza el Código de Comercio ecuatoriano, que tradicionalmente se alineaba más con las Reglas de La Haya-Visby, otorgando ahora mayor protección a los exportadores e importadores locales frente a las navieras internacionales, algo muy beneficioso para el país.

Ver Decreto Ejecutivo 330: (tomado de la página de la Presidencia del Ecuador)

Si te interesa conocer más aspectos técnicos e históricos de la logística internacional y comercio exterior del Ecuador, te invitamos a visitar nuestro blog de noticias. Si buscas asesoría profesional para tus procesos de importación y exportación, comunícate con un experto por cualquiera de nuestros canales digitales.

Ecuador comercio exterior
Asesoría gratuita con expertos de IMPEXA

Fuentes: Wikipedia, Presidencia del Ecuador, Copilot, Gémini, Copilot, Impexaonline.

Publicaciones Similares